ARTICULO 81 DEL REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERA ENTRADA EN VIGOR PARTIR DEL 1 DE ABRIL DE 2019 LA EXIGIBILIDAD DE ANEXOS A LA MANIFESTACIÓN DE VALOR. – BlueFox – Servicios de Logistica Monterrey
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A toda la comunidad importadora y exportadora

Atento recordatorio sobre la entada en vigor sobre los elementos que el importador debe proporcionar anexos a la manifestación de valor de conformidad con lo establecido en la Regla General de Comercio Exterior 1.5.4 y su modificatorio publicado el 30/11/2018 en el DOF.

Regla 1.5.4. Los elementos que el importador debe proporcionar anexos a la manifestación de valor, de conformidad con el artículo 81 del Reglamento, serán exigibles a partir del 1 de abril de 2019.